Un juez de lo Penal dicta una sentencia absolutoria para una
vecina de Puerto Real a quien le requisaron una plantación de cannabis
en el patio de una casa.
Y ante el juez de lo Penal se defendió de esta manera:
las 16 plantas (32 kilos) de marihuana que le había confiscado la
Policía Nacional en el patio de la vivienda de su padre no tenían como
destino final la venta a terceros. Una respuesta muy habitual entre los
cultivadores de cannabis que terminan siendo juzgado por un delito
contra la salud pública. También negó que tuviera intención de consumir
la marihuana; algo que ya es menos frecuente porque la inmensa mayoría
de los detenidos se declaran consumidores de esta sustancia. Según la
versión ofrecida por una vecina de Puerto Real, la plantación tenía como
fin abastecer de infusiones relajantes a sus gallos de pelea para
relajarlos.
Este testimonio tan sorprendente por infrecuente fue
admitido recientemente por el juzgado de lo Penal nº 4 de Cádiz, que
absolvió a esta vecina de Puerto Real de un delito contra la salud
pública. La Fiscalía ya ha recurrido la sentencia por entender que el
argumento de defensa «escapa de toda lógica» pese a que el juzgador
acepta y no considera inverosímil la explicación que ofreció la
imputada.
El Ministerio Pública recuerda en su recurso que durante
el registro que efectuó la Policía, donde encontraron las 16 plantas en
un patio trasero, los agentes no hallaron ni rastro de gallo de pelea
alguno. Si bien, el juez entiende que no queda acreditado la comisión de
delito alguno porque no se encontraron instrumentos para la partición,
pesaje y distribución de la droga -como balanzas de precisión-; tampoco,
entiende el juez, se puede concluir que la plantación iba a dedicarse
al tráfico de drogas porque «lo lógico es que dicho cultivo se realice
de forma subrepticia y no a la vista de cualquier persona como sucede en
el caso de autos», describe la sentencia de primera instancia.
Fuente LaVozDigital
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